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15 de julio de 2025 - 8:18 a. m.
Actualizado - 1 de agosto de 2025 - 10:54 p. m.

¿Se trata de un ajuste técnico o de una maniobra para reducir el control de sus actos?

Decreto del Gobierno Petro ha desatado una tormenta política y jurídica al retirar del Consejo de Estado la revisión de tutelas contra el presidente.
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Presidente de la República de Colombia y el Consejo de Estado - Crédito: Colprensa

Las tutelas son un pilar del Estado de Derecho en Colombia. Están diseñadas para proteger derechos fundamentales de forma rápida y eficaz. Por eso, cuando alguien, sea un ciudadano o una organización, considera que el presidente ha vulnerado sus derechos, puede acudir a este mecanismo judicial.

Hasta hace poco, esa tutela debía ser conocida, en primera instancia, por el Consejo de Estado, el más alto tribunal de lo contencioso-administrativo. Pero desde el 9 de julio de 2025, eso cambió. Un decreto firmado por el presidente Gustavo Petro y su ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, transfirió esa competencia a jueces del circuito, es decir, jueces ordinarios distribuidos por todo el país.

¿Qué es una tutela y por qué es tan poderosa?

La acción de tutela fue consagrada en el artículo 86 de la Constitución de 1991 como un mecanismo excepcional para proteger derechos fundamentales cuando estos se vean amenazados o vulnerados y no exista otro medio judicial eficaz. Es un proceso rápido, sumario y con efectos inmediatos, incluso si es interpuesto contra las más altas autoridades del Estado.

Y sí, se puede interponer una tutela contra el presidente de la República. Lo que cambia ahora es quién la estudia en primera instancia.

 

¿Qué cambia exactamente con el decreto 0799 de 2025?

El decreto establece que ya no será el Consejo de Estado quien revise en primera instancia las tutelas contra el presidente, sino que cualquier juez del circuito podrá hacerlo, dependiendo del lugar donde ocurrieron los hechos.

Es decir: si un ciudadano considera que el presidente violó sus derechos fundamentales en una decisión relacionada con seguridad, política pública o erradicación de cultivos ilícitos, ahora podrá presentar la tutela ante un juez local.

 

¿La cara oculta del decreto: democratización o desprotección?

Según el Gobierno, el cambio busca fortalecer el principio de desconcentración funcional, en otras palabras, que no se acumulen demasiadas decisiones en una sola entidad. El decreto también asegura que así se evita que un mismo tribunal actúe dos veces en el mismo proceso: primero como juez de tutela y luego como juez de legalidad de los actos administrativos presidenciales.

Sin embargo, varios juristas y actores políticos temen lo contrario: que esto debilite el control sobre el presidente.

La Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), rechazó la expedición del decreto, considerando que debilita el control judicial sobre el Ejecutivo. Para la CEJ, se trata de una grave alteración del orden institucional y un nuevo precedente que pone en riesgo la separación de poderes en Colombia.

Las advertencias: ¿por qué preocupa este cambio?

1.    Desprotección de los jueces del circuito
Jueces con menor jerarquía y visibilidad podrían verse expuestos a presiones políticas o mediáticas al fallar tutelas contra el presidente.

Francisco Bernate, abogado penalista, advierte que esto puede ser “inconveniente” porque deja al juez “políticamente expuesto”.

2.    Fragmentación y falta de unificación jurisprudencial.
El Consejo de Estado tiene una jurisprudencia consolidada y especialización técnica.
Wilson Ruiz, exministro de Justicia, asegura que entregar estos casos a jueces del circuito puede generar fallos incoherentes o contradictorios.

 

3.    Sospechas de blindaje político
Ramiro Bejarano, constitucionalista, lo califica como una estrategia para evadir el control institucional. “Es una maniobra para poner al presidente a salvo de sentencias que no le gustan”.

 

¿Es legal este decreto?

Aquí está uno de los grandes debates. Aunque el presidente puede regular por decreto algunos aspectos administrativos, varios constitucionalistas señalan que cambiar el juez de tutela exige una ley estatutaria, la cual debe ser tramitada por el Congreso y revisada por la Corte Constitucional.

Para la senadora María Fernanda Cabal, el decreto “es ilegal e inconstitucional” porque modifica la estructura judicial sin pasar por el Congreso.

  

 

El exsenador Ernesto Macías Tovar, también se unió a las críticas de este decreto, responsabilizando al mandatario de intentar pasar por encima de los límites establecidos por la Constitución de 1991.

Ernesto Macías Tovar critica el nuevo decreto de Petro

Ernesto Macías Tovar critica el nuevo decreto de Petro Crédito - X: @ernestomaciast

 

En paralelo, la representante a la Cámara Katherine Miranda, denunció lo que consideró un atentado institucional contra la estructura judicial. Para la congresista, el decreto forma parte de una serie de acciones que buscan restarle autonomía a las altas cortes. 

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Katherine Miranda, en contra del nuevo decreto de Petro Crédito - X: @KatheMirandaP

 

A la polémica también se unió el senador Ciro Ramírez, que denunció lo que consideró una actitud contradictoria del presidente Petro frente Petro frente a las instituciones democráticas.

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Ciro Ramírez en contra del nuevo decreto de Petro Crédito: X: @CIROARAMIREZ

 

¿Qué pasa con las tutelas que ya están en curso?

El Consejo de Estado aún tiene más de 100 tutelas activas contra el presidente Petro. Estas seguirán su curso bajo las reglas anteriores. Solo las nuevas, presentadas desde el 9 de julio de 2025, caerán bajo la competencia de los jueces del circuito.

Además, el Consejo de Estado sí podrá estudiar la legalidad del mismo decreto que le quitó la competencia. La demanda ya fue anunciada por la senadora Cabal y será evaluada por este alto tribunal.

 

¿Se debilita el control sobre el presidente?

Este es el punto neurálgico. La tutela no se elimina, y en teoría cualquier juez sigue decidiendo sobre los actos del presidente. Pero al fragmentar el conocimiento del caso, se pierde el filtro institucional especializado que representa el Consejo de Estado.

Además, se abre la puerta a un control más débil y disperso, lo que, en un escenario de alta tensión entre ramas del poder, genera desconfianza sobre las verdaderas intenciones del Ejecutivo.

 

 

¿Golpe técnico o maniobra política?

El decreto 0799 de 2025 no elimina la acción de tutela, ni impide su acceso. Pero reconfigura el sistema de control judicial sobre el presidente en un momento de alta confrontación entre el Gobierno y las altas cortes.

¿Fortalece la imparcialidad, como dice el Gobierno? ¿O es una forma de evitar decisiones incómodas, como dicen sus críticos?


La Corte Constitucional y el Consejo de Estado tendrán la última palabra. Pero el debate ya está servido, y en el fondo toca un asunto esencial: el equilibrio de poderes en Colombia.

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En la Casa de Nariño, el presidente de la República de Colombia, Gustavo Petro Crédito: Colprensa

Más allá del debate jurídico, este decreto revela una tensión profunda: la desconfianza del Ejecutivo frente a los órganos de control. Al trasladar las tutelas a jueces del circuito, el Gobierno argumenta imparcialidad, pero muchos lo leen como una estrategia para debilitar el filtro institucional que representa el Consejo de Estado.

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Eduardo Montealegre, ministro de Justicia Crédito - X: @MinjusticiaCo

No se trata solo de quién firma las sentencias, sino de quién tiene la capacidad técnica, independencia y legitimidad para controlar al poder más alto del país. En esa línea, el riesgo no está en el cambio formal, sino en la pérdida de equilibrio entre ramas que ya muestra señales preocupantes.

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