Insólito fallo de la Corte: regañó a la FAC por no nombrar a una mujer que no podía usar tacones
Aurora ganó un concurso de méritos, pero la entidad no la nombró porque un juanete le impedía calzar tacones; ese requisito ni siquiera era una regla.

Aurora cumplió con todo lo que el concurso le pedía. Quedó de segunda entre 108 aspirantes a un cargo administrativo en la Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC), pasó el estudio de seguridad y recibió un concepto que la declaraba apta para trabajar.
Aun así, la entidad se negó a nombrarla por un motivo que no aparecía en ninguna parte de las reglas del concurso: un juanete en sus pies (en el diagnóstico médico, un hallux valgus, una deformación en la base del dedo gordo) y, según la entidad, eso le impedía usar zapatos de tacón.
La Corte Constitucional revisó el caso y dijo que eso no podía pasar. En la Sentencia T-135 de 2026 concluyó que la FAC le violó cuatro derechos a Aurora al dejarla por fuera por esa razón.
Cómo empezó todo
Aurora se presentó a la Convocatoria 1497 de 2020 de la FAC para un cargo de auxiliar. Sacó el segundo puesto en la lista de los que pueden ser nombrados. Y en abril de 2025 pasó el estudio de seguridad sin problemas.
El 12 de mayo de 2025 le hicieron el examen médico de ingreso. El centro de salud que lo hizo dijo que no servía para el cargo: por el juanete no podría estar de pie mucho tiempo ni usar tacones.
Con ese examen en mano, el 16 de junio la FAC le avisó que no la nombraría. Al día siguiente, Aurora se hizo los mismos exámenes por su cuenta y el resultado fue distinto: era apta para trabajar así que el 24 de junio puso la tutela.
¿Qué dijo cada uno?
Aurora reclamó que el tacón nunca apareció en las reglas del concurso. Lo llamó un motivo “falaz, absurdo y ridículo”. Dijo que la FAC no podía discriminarla por “razones médicas menores (arañas vasculares y juanetes) que en su caso son de naturaleza netamente estética sin ninguna incidencia en su equilibrio ni en su marcha”.
Cerró su reclamo dejando clara su posición: “no pretende ni está buscando que se le regale o conceda ningún derecho que no le corresponda, pues el nombramiento que pide obedece al puesto que por mérito ganó2. A eso sumó que, como madre cabeza de familia en pobreza extrema, merecía protección especial.
La FAC respondió que el tacón era un requisito que se entendía incluido, aunque no estuviera escrito. En su informe a la Corte sostuvo que “la verificación de aptitud física y de compatibilidad con las exigencias del profesiograma constituye un requisito legal implícito”. Según la entidad, al aceptar el concurso Aurora también aceptó dos normas internas que, en sus palabras, establecen que “el uniforme de diario contempla el uso de calzado formal con tacón” para el personal femenino administrativo.
Una de esas normas, la Disposición 006, tiene fecha de febrero de 2026. Es decir, la FAC explicó con una norma de 2026 una decisión que tomó en junio de 2025. La entidad agregó que, además, no la nombró por su propio bien, para no hacerle daño con el tacón.

Foto: Colprensa
Perdió en los dos primeros juzgados
El 8 de julio de 2025, un juzgado penal de Bogotá le negó la tutela. Dijo que Aurora debía buscar otros caminos legales, no la tutela.
El 29 de julio, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó esa decisión. Para el Tribunal, la FAC tenía un examen médico que respaldaba su negativa, así que no había hecho nada malo.
El caso llegó a la Corte gracias a dos insistencias para que lo revisaran: una de la Defensoría del Pueblo y otra del magistrado Vladimír Fernández Andrade. La Defensoría pidió darle la razón a Aurora porque, según ella, todo se debía a estereotipos de género.
Ya con el caso en la Corte, el 12 de noviembre de 2025 la FAC por fin nombró a Aurora. La Corte anotó que lo hizo después de esas insistencias, pero por decisión propia.
Como el problema ya estaba resuelto, la Corte no tenía que ordenar nada nuevo. Aun así decidió estudiar el fondo, porque el tema le pareció importante.
Qué encontró la Corte
Primero, que la FAC le cambió las reglas a Aurora sobre la marcha. Le pidió un requisito que no estaba en la convocatoria, y eso, dijo la Corte, no se vale.
Segundo, que Aurora tenía derecho al puesto y al trabajo. Su pie no le impedía hacer las funciones, así que la FAC pudo darle soluciones sencillas, como otro calzado o una silla, en vez de dejarla por fuera.
Tercero, y lo más fuerte: para la Corte, el verdadero motivo fue un estereotipo de género. La Sala escribió que la FAC “hizo nugatorios los derecho de la señora Aurora con base en un estereotipo de género, según el cual una mujer que desempeña funciones administrativas debe usar determinado tipo de zapato”. En otras palabras, miró el zapato y no el mérito.
La Corte le llamó la atención a la FAC y le recordó que “el mérito debe prevalecer en todo caso sobre los estándares estéticos o de presentación personal definidos por la entidad o por sus directivos”. También le ordenó revisar las dos normas de vestuario que invocó.

Foto: Colprensa
Le pidió a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) que haga una guía sencilla de buenas prácticas para contratar sin discriminar. Y mandó a los jueces que vieron el caso a tomar cursos sobre derechos y sobre perspectiva de género.
Por último, le advirtió a la FAC que no espere hasta el final del proceso para respetar los derechos de la gente, y que no saque a Aurora del cargo.
La decisión se tomó con el voto parcialmente en contra del magistrado Juan Carlos Cortés González.
