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11 de julio de 2025 - 5:42 p. m.
Actualizado - 1 de agosto de 2025 - 10:57 p. m.

El Banco de la República le hace a la Corte Constitucional una advertencia sobre la reforma pensional

El Emisor le envió un oficio a la Corte Constitucional explicando sus preocupaciones como administrador del fondo de ahorro del pilar complementario.
Angélica Gómez
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Corte Constitucional - Crédito: Colprensa

Este viernes 11 de julio la Corte Constitucional recibió una carta firmada por el gerente del Banco de la República, Leonardo Villar, en la que le hace una advertencia sobre la reforma pensional que el alto tribunal está estudiando y le hace una solicitud puntual.

En el documento, Villar le explica al presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, que la ley que modifica el sistema pensional en Colombia tiene dos partes y cada una de ellas tenía su propia vigencia. Por un lado, está el marco normativo, que entró a regir con la firma del presidente Petro que convirtió en ley el proyecto aprobado por el Congreso, y por el otro está el Sistema de Protección Integral a la Vejez, que estaba programado para iniciar el primero de julio de este año.

El marco normativo era el que permitía que el gobierno avanzara en la reglamentación del sistema, a la vez que las administradoras de fondos de pensiones se preparaban tecnológica y administrativamente para el cambio en sus funciones y el Ministerio de Salud y Protección Social adecuaba la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA) para fraccionar los aportes a pensión de quienes tienen salarios superiores a 2,3 salarios mínimos.

Por su parte y ante la ausencia de reglamentación del gobierno, el Banco de la República se estaba preparando para administrar el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC) con una medida de emergencia de la ley de reforma que le permitía avanzar en el diseño del fondo y las primeras decisiones de inversión y administración del dinero que debía tomar, mientras firmaba efectivamente el acuerdo administrativo con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y todo entraba en orden.

La advertencia

Sin embargo, le advirtió el gerente Villar al magistrado Ibáñez, cuando la Corte Constitucional suspendió toda la reforma pensional excepto la ventana de oportunidad pensional y la creación de las administradoras del componente complementario de ahorro individual (Accai), también suspendió los avances del Banrepública sobre el FAPC.

Por esta razón, en el oficio el Emisor le pide a la Corte que aclare cuáles serán los tiempos de entrada en vigencia de la ley pensional y del sistema de protección a la vejez, que por temas logísticos y burocráticos deberían ser distintas en caso de que la entidad declare que la reforma pensional es exequible, es decir, que está acorde con la Constitución y las demás normas colombianas.

Y si le da luz verde a la reforma, el Banco le pidió a la Corte que dé, como mínimo, una diferencia de tres meses entre la entrada den vigencia de la ley y la del sistema de protección para que tanto el Emisor como el resto del sistema logre expedir la reglamentación necesaria para que todo entre en vigencia correctamente.

Esta es la carta que recibió la Corte Constitucional de parte del Banco de la República:

Otra voz de advertencia

Pero la Corte Constitucional no recibió una sola carta de advertencia sobre la entrada en vigencia de la reforma pensional si la declara exequible. La Asociación de las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (Asofondos) también se pronunció.

En su misiva, Asofondos también advierte de la suspensión en los avances de reglamentación y aplicación de los cambios que impuso la ley de reforma pensional tras el auto de la Corte Constitucional mientras el Congreso corregía su error de trámite y el alto tribunal toma una decisión de fondo sobre la ley.

Según el gremio, sus cálculos indican que iniciar el nuevo sistema pensional sin traumatismos para los afiliados y pensionados requiere de una distancia de, al menos, dos meses entre la entrada en vigencia de la ley y la del sistema de protección a la vejez.

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