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¿Tiene un vehículo a diésel? Esto dice el decreto que prepara el gobierno


En junio, cuando el ministro de Hacienda Ricardo Ávila presentó el marco fiscal de mediano plazo, también anunció un decreto para aumentar el precio del diésel, un combustible fósil líquido que todavía tiene subsidio del gobierno y provoca un faltante de dinero en el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC).
Según las cuentas del gobierno, tener el precio del diésel por debajo de la referencia internacional le generará, solo este año, un déficit de $ 7,2 billones, suficiente para cubrir 36 veces el presupuesto del Ministerio del Deporte, que para 2026 tendrá un recorte de 84 % según el anteproyecto del gobierno.
El presidente Gustavo Petro, en su discurso del 20 de julio, aseguró que esta medida se había dado en contra de su voluntad, pero había ayudado a reducir la inflación de los alimentos al no encarecer el transporte de los mismos mediante los camiones de carga.
Sin embargo, actualizar el precio del diésel es una de las tareas pendientes de su gobierno desde la campaña presidencial de 2022. En 2024 lo intentó y provocó un paro camionero, por lo que ahora sus ministros intentarán un nuevo enfoque: precios diferenciales.
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Para quién subirá el diésel
El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el proyecto de decreto con el que aumentará el precio del diésel, pero para ciertos vehículos y en determinados municipios del país.
Según el borrador, los vehículos que pagarían el diésel al valor internacional del momento en el que se firme el decreto, que superaría los $ 13.000, son los vehículos de servicio particular, diplomático y oficial de tipo automóvil, campero, camioneta y cuatrimoto.
En cambio, para los “vehículos tipo bus, buseta, camión, microbús, tractocamión y volqueta”, el diésel seguirá subsidiado.
Según el decreto, además, será el Ministerio de Minas y Energía el que diseñe las normas para regular que la medida se cumpla, mientras que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) seguirá regulando las actividades de explotación, refinación y distribución de los combustibles fósiles.
Por otro lado, el decreto establece que esta medida se aplicará en solo 10 de los 32 departamentos, así como en la capital del país: Antioquia, Cundinamarca, Córdoba, Atlántico, Bolívar, Magdalena, Risaralda, Santander, Tolima y Valle del Cauca.
Y, dentro de esos departamentos, solo algunos de sus municipios tendrán que aplicar la medida. Entre ellos están Jamundí, Yumbo, Cali, Ibagué, Venadillo, Bucaramanga, Girón, Pereira, La Virginia, Ciénaga, Santa Marta, Bojacá, Cereté, Ciénaga de Oro, Cartagena y Barranquilla.
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