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13 de febrero de 2026
Actualizado 26 de junio de 2025 - 12:00 a. m.

Reforma laboral: ¿A partir de cuándo regirá el recargo nocturno a las 7:00 p. m.?

La reforma laboral ya es ley, pero una gran parte de su articulado debe ser socializado o reglamentado antes de hacerlo realidad.

Katherine Vega

Periodista Digital

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Sanción presidencial de la reforma laboralCrédito: Presidencia

Una larga tarea tiene el Ministerio de Trabajo para que se materialice lo acordado en la reforma laboral. La estrategia de implementación se divide en tres etapas y, las primeras dos, tienen que ver con dar a conocer lo que se aprobó y con la reglamentación. Tal es el caso de los recargos nocturnos, que todavía no aplican.

Según la normatividad, los recargos nocturnos a partir de las 7 de la noche deben empezar a aplicarse a los seis meses de sancionada la ley, es decir, que deberían aplicarse a inicios del 2026. Muy similar es el caso de los pagos por dominicales y festivos que pasaron de un 75 % a un 100 % pues, el aumento se hará progresivamente: este año se empieza con el pago del 80 % y tanto en 2026 como en 2027 se debe aumentar un 10 % respectivamente.

En el caso del SENA, por ejemplo, sobre el que se aprobó el contrato laboral para los aprendices, el gobierno debe socializar los cambios con la entidad. Según lo aprobado, los estudiantes recibirán en su etapa lectiva el 75 % de un salario y en la práctica un salario mínimo legal vigente. Además, contarán con prestaciones.

Sobre la formalización de las personas que trabajan con plataformas de reparto, tipo Rappi, deberán reglamentar las condiciones. Por ejemplo, el Ministerio de las TICs deberá apoyar al Ministerio de Trabajo con una herramienta técnica para el registro de información de las plataformas digitales que permita individualizar a los trabajadores.

Sobre el programa del primer y último empleo, se debe organizar todo lo necesario para darle incentivos a las empresas que brinden empleo a recién egresados y que mantengan en sus puestos de trabajo a los mayores de 50 años.

En el caso de la formalización de las personas dedicadas al trabajo doméstico, se da un plazo de 12 meses para que crear el sistema de información que permita el registro en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.

En cuanto a los entornos de trabajo flexible que menciona la normatividad y donde se incluye la posibilidad de tener animales de compañía de apoyo emocional en el trabajo, únicamente perros y gatos, se da un plazo de un año para hacer la reglamentación.

Sobre la vinculación de las madres comunitarias al ICBF, se establece, que será progresiva. ¿Cómo se dará ese proceso?, la respuesta deberá construirse en los próximos 12 meses. La meta, dice la ley, es que todas estén formalizadas para 2029.  

Y frente a la formalización de las personas manipuladores de alimentos del PAE, se plantea que será un proceso de cuatro años o antes si las circunstancias financieras lo permiten. La intención es que en este año se formalice el 25 %, en el 2026 el 50 %, en el 2027 hasta el 75 % y en el 2028 el 100 %.  

Estos son algunos de los artículos que requieren reglamentación, pero no son los únicos. Frente a la tercera fase de implementación, ha dicho el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, se hará el seguimiento del cumplimiento con inspectores de trabajo.

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