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20 de diciembre de 2025
Actualizado 14 de noviembre de 2025 - 6:14 p. m.

Golpe a Acolfutpro: el fallo que deja a los futbolistas sin registro sindical en Colombia

La reciente sentencia redefine el rol de la asociación en el fútbol colombiano: pierde la negociación colectiva, pero mantiene la personaría.

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Carlos González Puche, director ejecutivo de Acolfutpro.Crédito: Colprensa

La Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (Acolfutpro) ha sido por años la voz de los jugadores en Colombia. Creada con el objetivo principal de defender los derechos laborales y profesionales de los futbolistas que actúan en el país, Acolfutpro ha buscado mejorar las condiciones contractuales, de seguridad social y de salud en un sector históricamente marcado por la informalidad.

Su rol más crucial ha sido el de actuar como agente de negociación colectiva, buscando equilibrar la balanza de poder entre los clubes y los jugadores. Sin embargo, una decisión de la justicia podría quitarle facultades para luchar por los derechos de los deportistas del balompié, ¿por qué?

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La justicia declara ilegal la constitución sindical de Acolfutpro

Una sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, con providencia del 19 de febrero de 2025, ha ratificado la cancelación del registro sindical de Acolfutpro. Esta decisión, que se conoció plenamente tras la negación de una solicitud de aclaración el 19 de marzo del mismo año, da la razón a la demanda presentada por la Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor, que buscaban la disolución y cancelación del registro.

El argumento central acogido por la justicia es la “ilegalidad de la constitución de la organización sindical” de Acolfutpro. La sentencia, que confirmó el fallo de primera instancia del Juzgado 12 Laboral del Circuito de Bogotá, se basa en el incumplimiento de requisitos formales del Código Sustantivo del Trabajo.

Según las determinaciones judiciales, Acolfutpro no cumplió con los criterios para ser sindicato de primer grado, al no contar con un acta de fundación que evidenciara la voluntad de sus afiliados de constituirse como una organización sindical, sino como una asociación civil sin ánimo de lucro, figura con la que se constituyó originalmente en 2004.

Además, se argumentó la insuficiencia en el número mínimo de afiliados requeridos por la ley para la conformación sindical. El más reciente pronunciamiento, del 14 de noviembre de 2025, es la ratificación de esta cancelación por parte del Ministerio del Trabajo.

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Pierde la negociación colectiva, pero mantiene su personería jurídica

La pérdida del registro sindical es un golpe directo a la capacidad de Acolfutpro para actuar bajo el amparo de la ley laboral sindical. Su principal limitación radica en la pérdida de la facultad de negociación colectiva y, en consecuencia, la capacidad legal de impulsar huelgas en el marco del conflicto colectivo de trabajo regulado para los sindicatos, tal como lo han señalado los abogados de la FCF y Dimayor.

No obstante, es crucial la aclaración hecha por el Tribunal Superior: la cancelación del registro sindical no conlleva la cancelación de su personería jurídica, ni su disolución ni liquidación. Acolfutpro mantiene su estatus como una asociación civil sin ánimo de lucro.

Esto significa que puede seguir existiendo, agrupando jugadores, prestando asistencia legal y social a sus afiliados y actuando como un gremio de presión y representación ante organismos nacionales e internacionales.

El director ejecutivo de Acolfutpro, Carlos González Puche, ha insistido en que la asociación mantiene su capacidad legal y que la disputa real es sobre el pacto colectivo pendiente de firma, un proceso que se ha desarrollado con la mediación del Ministerio del Trabajo. El futuro de la voz de los futbolistas ahora dependerá de cómo Acolfutpro se adapte legalmente para seguir defendiendo sus derechos desde su posición de gremio.

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